Mishel Mancheno plantea revisar leyes y proyectos que todavía hacen referencia a jueces anticorrupción, mientras Mercedes Caicedo defiende una reestructuración que, según la Judicatura, ampliará de 19 a más de 50 los jueces habilitados para conocer causas de corrupción y crimen organizado.

La decisión del Consejo de la Judicatura de suprimir las dependencias judiciales especializadas para el juzgamiento de delitos relacionados con corrupción y crimen organizado abrió un nuevo frente de debate institucional en Ecuador.

Mientras la presidenta de la Asamblea Nacional, Mishel Mancheno, considera necesario revisar la legislación y los proyectos en trámite para adecuarlos al nuevo esquema judicial, el Consejo de la Judicatura, presidido por Mercedes Caicedo, sostiene que la medida no significa abandonar la especialización en estas materias, sino reorganizar y ampliar la capacidad del sistema para atenderlas.

El debate tomó fuerza este jueves 17 de septiembre de 2026, diez días después de que el pleno de la Judicatura aprobara la Resolución 187-2026, que formalizó la supresión de las dependencias especializadas y modificó competencias de unidades judiciales penales de Quito y de la Corte Provincial de Justicia de Pichincha.

Mancheno: la Asamblea deberá adecuarse al nuevo escenario

Mancheno evitó pronunciarse sobre si la decisión adoptada por la Judicatura fue acertada o no, al señalar que corresponde a ese organismo explicar y justificar la medida.

Sin embargo, confirmó que dispuso a la Secretaría General de la Asamblea realizar un mapeo de las leyes y proyectos legislativos que contienen referencias a los denominados jueces anticorrupción.

La presidenta del Legislativo anticipó que, si la nueva estructura judicial obliga a modificar normas o proyectos actualmente en discusión, la Asamblea deberá actuar.

“No podemos quedarnos estancados y tenemos que avanzar”, sostuvo Mancheno al referirse a la posibilidad de impulsar reformas.

Uno de los cambios podría concentrarse precisamente en la denominación de los jueces anticorrupción, debido a que esa figura institucional fue modificada como consecuencia de la resolución adoptada por la Judicatura.

La discusión tiene además efectos sobre iniciativas que actualmente tramita la Asamblea, entre ellas el proyecto conocido como Ley Antimafias, que busca introducir reformas para fortalecer las capacidades institucionales frente al crimen organizado.

¿Fiscalización o pedido de información?

Otro punto de diferencia surgió alrededor del control político que puede ejercer la Asamblea sobre la decisión.

Mancheno considera que la supresión de las dependencias especializadas no amerita, por sí misma, abrir un proceso de fiscalización desde el Legislativo. A su criterio, corresponde inicialmente solicitar información al Consejo de la Judicatura para conocer los alcances administrativos y jurídicos de la reorganización.

La posición contrasta con las acciones iniciadas por la Comisión de Garantías Constitucionales de la Asamblea, que convocó a Mercedes Caicedo para que explicara los alcances de la Resolución 187-2026.

La presidenta de la Judicatura, sin embargo, no acudió a la comparecencia prevista para este jueves.

Caicedo remitió un oficio en el que explicó que tenía previamente programada una reunión de trabajo de carácter “impostergable e indelegable” relacionada con el concurso para la selección de jueces nacionales.

Su ausencia generó cuestionamientos entre integrantes de la Comisión, que esperaban conocer directamente las razones y consecuencias de la decisión adoptada por el Consejo de la Judicatura.

La postura de Caicedo y la Judicatura: no desaparece la especialización

Desde el Consejo de la Judicatura se plantea una interpretación diferente sobre los efectos de la Resolución 187-2026.

La institución sostiene que la reorganización no elimina la capacidad especializada para conocer delitos de corrupción y crimen organizado, sino que amplía el número de jueces habilitados para intervenir en estas causas.

Según las cifras difundidas por la Judicatura, el anterior esquema disponía de 19 jueces, mientras que con la nueva organización serán más de 50 los jueces penales capacitados y habilitados para conocer este tipo de procesos.

El organismo argumenta que el cambio busca responder al déficit de magistrados y a la carga procesal acumulada, ampliando la cobertura y la capacidad de respuesta del sistema judicial.

La postura institucional encabezada por Caicedo es, por tanto, que existe una reestructuración de la forma en que se distribuyen las competencias, y no una eliminación de la capacidad del Estado para juzgar casos relacionados con corrupción y delincuencia organizada.

¿Qué cambia con la Resolución 187-2026?

La decisión adoptada por unanimidad por el pleno del Consejo de la Judicatura el 7 de septiembre suprimió las dependencias creadas específicamente para el juzgamiento de delitos relacionados con corrupción y crimen organizado y redistribuyó sus competencias.

La nueva organización involucra a dependencias judiciales penales ubicadas en Iñaquito y La Mariscal, así como a la Corte Provincial de Justicia de Pichincha.

De acuerdo con la información oficial de la Judicatura, las causas que ya tengan audiencias instaladas o suspendidas continuarán bajo responsabilidad de los jueces previamente asignados.

El organismo sostiene además que el nuevo modelo permitirá dar mayor celeridad a procesos como los relacionados con extinción de dominio y recuperación de bienes de origen ilícito.

Una decisión con efectos más allá de la Función Judicial

La controversia ya trascendió la reorganización administrativa de los tribunales.

La eliminación formal de las dependencias especializadas obliga a revisar cómo diferentes normas ecuatorianas hacen referencia a los jueces anticorrupción y cómo deberán armonizarse futuras reformas legales con la nueva estructura establecida por la Judicatura.

Ese es precisamente el escenario que Mancheno plantea atender desde la Asamblea: identificar las disposiciones que podrían quedar desactualizadas y, de ser necesario, modificarlas para mantener coherencia entre la legislación y la organización de la Función Judicial.

Desde la Judicatura, en cambio, la prioridad está en implementar el nuevo modelo y sostener que la capacidad especializada continuará funcionando con una base más amplia de jueces.

De esta manera, Asamblea Nacional y Consejo de la Judicatura enfrentan el mismo cambio desde competencias diferentes: el Legislativo deberá determinar si son necesarias reformas normativas y qué mecanismos de control político corresponden, mientras la Judicatura deberá demostrar en la práctica si la redistribución de competencias mantiene o mejora la capacidad especializada para procesar causas complejas de corrupción y crimen organizado.

El debate continuará mientras se ejecuta la Resolución 187-2026 y se conocen sus primeros efectos sobre los procesos judiciales, la carga de trabajo de los jueces y la seguridad de quienes conocen algunas de las causas de mayor complejidad del país.