Una nueva resolución de la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera actualiza las reglas del sistema de referencias crediticias y permite incorporar, como información complementaria, datos relacionados con el cumplimiento de servicios básicos y tributos. Los últimos dos años tendrán especial relevancia en la evaluación de los usuarios.

Ecuador.— La forma en que una persona paga sus facturas de agua, energía eléctrica y otras obligaciones, incluidos determinados tributos, podrá aportar información adicional al momento de evaluar su comportamiento crediticio en Ecuador.

La Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera emitió el 20 de agosto una resolución que modifica la normativa relacionada con las fuentes que alimentan el sistema de registros de datos crediticios, conocido comúnmente como buró de crédito.

El cambio no significa que cada factura de servicios básicos pase automáticamente a formar parte del historial crediticio ni que un retraso determine por sí solo la aprobación o rechazo de un préstamo. La normativa permite que esta información sea utilizada como fuente complementaria, siempre que esté relacionada con el comportamiento de pago, el cumplimiento de obligaciones o la capacidad de endeudamiento de una persona.

La modificación amplía así los elementos que pueden ser considerados para construir el perfil financiero de un usuario y evaluar su comportamiento frente a obligaciones económicas.

¿Qué cambia con la nueva normativa?

El buró de crédito funciona como una base de información que recoge el historial de obligaciones, deudas y pagos de los usuarios. Estos datos son utilizados por las entidades financieras como uno de los insumos para determinar el nivel de riesgo de una persona antes de conceder financiamiento.

Con la nueva resolución, la Junta establece que los dos últimos años de información tendrán especial relevancia dentro del análisis efectuado por las instituciones financieras públicas y privadas.

Esto significa que el comportamiento reciente del usuario adquiere mayor peso al momento de evaluar su perfil crediticio.

La resolución también determina cuáles son las fuentes obligatorias que deberán proporcionar información al sistema.

Entre ellas se encuentran las entidades de los sectores financiero público, privado y popular y solidario, además de participantes del mercado de valores, compañías del sector comercial, empresas de seguros y reaseguros y operadores relacionados con telecomunicaciones.

La principal novedad está en la posibilidad de incorporar otras fuentes que permitan complementar el análisis.

¿Pagar puntualmente la luz o el agua podría ayudar?

La resolución menciona expresamente los pagos de servicios básicos y tributos como información que podría utilizarse de manera complementaria.

El artículo 1 establece que estos datos podrán ser considerados siempre que correspondan a información de naturaleza crediticia y estén vinculados al “comportamiento de pago, cumplimiento de obligaciones o capacidad de endeudamiento del titular”.

En términos prácticos, mantener un comportamiento responsable en el pago de determinadas obligaciones podría convertirse en un elemento adicional para analizar el perfil financiero de una persona.

Sin embargo, existe una precisión importante: los servicios básicos y tributos no se convierten en fuentes obligatorias de información crediticia.

Su incorporación dependerá de que los datos cumplan las condiciones previstas por la normativa y sean utilizados como información complementaria dentro de los mecanismos autorizados.

Por ello, pagar puntualmente la electricidad, agua u otras obligaciones no significa automáticamente que una persona incrementará su puntaje crediticio. Tampoco implica que un retraso ocasional vaya a impedir necesariamente el acceso a un préstamo.

La decisión final continuará dependiendo del análisis integral que realice cada institución financiera conforme a sus políticas de riesgo y a la normativa vigente.

Los últimos dos años adquieren mayor importancia

Otro de los aspectos relevantes de la reforma es el periodo considerado para analizar el comportamiento financiero.

La normativa establece una mayor relevancia para la información correspondiente a los últimos dos años, lo que fortalece la importancia del comportamiento crediticio reciente.

Esto puede resultar especialmente significativo para personas que tuvieron dificultades financieras en años anteriores, pero que posteriormente regularizaron sus obligaciones y mantienen actualmente un mejor comportamiento de pago.

También supone que retrasos o incumplimientos recientes podrían tener una incidencia mayor dentro de la evaluación de riesgo que realizan bancos, cooperativas y otras entidades que conceden financiamiento.

El historial crediticio, sin embargo, seguirá siendo analizado de manera integral y no exclusivamente a partir de una sola obligación.

¿Quién deberá reportar la información?

La resolución también establece mecanismos diferenciados para el reporte de los datos.

Las entidades pertenecientes al sistema financiero deberán entregar a la Superintendencia de Bancos la información relacionada con riesgo crediticio conforme a los formatos, condiciones y periodicidad que determine el organismo de control.

Para los sectores comercial, de seguros y telecomunicaciones, la normativa establece que deberán reportar directamente la información a las entidades autorizadas para prestar el servicio de referencias crediticias y también a la Superintendencia de Bancos.

Esto se realizará sin perjuicio de las obligaciones que esas compañías mantengan frente a otros organismos de supervisión, como la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria o la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, dependiendo del sector al que pertenezcan.

¿Qué significa el cambio para los ciudadanos?

La actualización normativa apunta hacia una evaluación crediticia que pueda considerar más elementos del comportamiento económico cotidiano de una persona y no exclusivamente sus préstamos o tarjetas de crédito.

En ese escenario, alguien con una trayectoria limitada dentro del sistema bancario podría eventualmente contar con información complementaria que permita demostrar un patrón de cumplimiento de obligaciones.

Esto puede resultar relevante para personas que no poseen tarjetas de crédito, préstamos anteriores o un historial financiero amplio, pero que mantienen pagos regulares de otras obligaciones.

No obstante, la reforma tampoco debe interpretarse como una garantía automática de acceso al crédito. Las instituciones financieras continuarán evaluando variables como ingresos, endeudamiento, capacidad de pago, obligaciones existentes, historial financiero y políticas internas de riesgo.

Pagar servicios básicos no garantiza un mejor puntaje

La principal precisión para los usuarios es que la nueva normativa no establece que pagar luz, agua o impuestos incremente automáticamente la calificación crediticia.

Lo que hace la resolución es permitir que determinados datos relacionados con esas obligaciones puedan formar parte de las fuentes complementarias utilizadas para evaluar el comportamiento de una persona.

De esta manera, Ecuador amplía el universo de información que puede contribuir a construir un perfil crediticio, al tiempo que otorga mayor importancia al comportamiento registrado durante los últimos dos años.

Para los ciudadanos, el cambio refuerza una recomendación financiera básica: mantener las obligaciones al día puede adquirir una relevancia que vaya más allá del servicio contratado, pues determinados antecedentes de pago podrán aportar información adicional cuando una institución evalúe la capacidad y comportamiento financiero de quien solicita un crédito.