El Ministerio del Interior planteó ante la Asamblea Nacional incorporar las sustancias psicoactivas como una nueva categoría sujeta a fiscalización y crear cuatro tipos penales relacionados con laboratorios clandestinos y el desvío de químicos. Las propuestas forman parte de las observaciones al proyecto de Ley Antimafias antes de su segundo debate.

El proyecto de Ley Antimafias podría incorporar nuevas herramientas para enfrentar la producción y comercialización ilícita de drogas en Ecuador. El Ministerio del Interior presentó ante la Comisión de Soberanía y Seguridad Integral de la Asamblea Nacional una serie de propuestas que incluyen reformas al Código Orgánico Integral Penal (COIP), cambios en la legislación sobre drogas y ajustes al régimen de extinción de dominio.

Uno de los principales planteamientos consiste en incorporar a las sustancias psicoactivas como una cuarta categoría sujeta a fiscalización, con el objetivo de ampliar la capacidad del Estado para reaccionar ante la aparición de compuestos que puedan ser utilizados por organizaciones vinculadas al narcotráfico.

Actualmente, la normativa ecuatoriana contempla como categorías sujetas a control los estupefacientes, psicotrópicos y químicos específicos y precursores químicos.

Ecuador busca anticiparse a la aparición de nuevas sustancias

Alejandro Suárez, director de Control de Sustancias Catalogadas Sujetas a Fiscalización del Ministerio del Interior, explicó ante la comisión legislativa que la propuesta permitiría incorporar al sistema de vigilancia sustancias consideradas relevantes para Ecuador, incluso cuando estas no se encuentren necesariamente incluidas en los listados internacionales.

La intención es reducir los espacios que podrían ser aprovechados por organizaciones criminales para introducir, producir o utilizar nuevas sustancias antes de que exista una regulación específica.

Como parte de este mecanismo, el Ministerio también propone que el Comité Interinstitucional de Drogas pueda actualizar periódicamente las listas de sustancias sujetas a control, mediante procedimientos técnicos especializados.

El cambio permitiría que la respuesta regulatoria sea más rápida y evitaría la necesidad de impulsar una reforma legal cada vez que se detecte una nueva sustancia que represente un riesgo.

Durante su comparecencia, Suárez mencionó el caso de la ketamina y sostuvo que su importación aumentó durante varios años hasta alcanzar alrededor de 30 toneladas mientras no se encontraba sometida a los controles correspondientes. Para el funcionario, este tipo de situaciones evidencia la necesidad de contar con mecanismos de actualización más ágiles.

Cuatro nuevos delitos para combatir la producción clandestina

Otro de los ejes de la propuesta presentada por el Ministerio del Interior contempla incorporar cuatro nuevos tipos penales al COIP, dirigidos especialmente a conductas relacionadas con la producción clandestina y el tráfico de sustancias.

Entre las actividades que se busca sancionar constan la instalación de infraestructura clandestina destinada a la elaboración de drogas y el desvío de sustancias químicas utilizadas para su producción.

La iniciativa responde a la detección de laboratorios clandestinos y al crecimiento de modalidades relacionadas con la fabricación de drogas sintéticas, un escenario que, según las autoridades, requiere ampliar las herramientas disponibles para investigadores, fiscales y jueces.

Las reformas también contemplan agravantes específicas, disposiciones sobre el destino final de equipos empleados para fabricar sustancias ilícitas y la posibilidad de establecer responsabilidad penal para personas jurídicas involucradas en estas actividades.

Este último punto apunta especialmente a compañías que, mediante sus estructuras legales o autorizaciones, puedan ser utilizadas para desviar sustancias químicas hacia circuitos ilícitos.

El Ministerio busca además impedir que empresas vinculadas con estas prácticas puedan conservar autorizaciones para manejar sustancias fiscalizadas cuando sus administradores o accionistas hayan sido relacionados o sentenciados por delitos vinculados con su utilización ilegal.

Proponen nuevas reglas para destruir drogas incautadas

Las observaciones incluyen una reforma al artículo 474 del COIP para precisar el procedimiento que debe seguirse con las sustancias incautadas durante investigaciones penales.

El Ministerio del Interior considera que actualmente existen vacíos sobre la autoridad competente para ordenar su destrucción en determinadas circunstancias, especialmente cuando las sustancias son encontradas durante una investigación sin que exista una persona identificada como responsable.

La reforma establecería procedimientos diferenciados según la etapa del proceso, incluida la investigación previa.

Con ello se pretende mejorar la coordinación entre Fiscalía, unidades judiciales y las instituciones responsables de custodiar las evidencias, además de reducir los riesgos asociados con la acumulación de sustancias peligrosas en bodegas policiales y estatales.

Pertenencia a grupos criminales tendría penas de hasta 13 años

Otro de los cambios propuestos se concentra en la denominada pertenencia funcional a un grupo de delincuencia organizada, contemplada en el artículo 369.4 del COIP.

La iniciativa plantea penas de diez a trece años de prisión para quienes, con conocimiento de los objetivos delictivos de una organización, participen de manera consciente, voluntaria, estable y reiterada en actividades esenciales para su funcionamiento.

Entre estas funciones se consideran labores de vigilancia, comunicación, movilidad, abastecimiento, protección de rutas o lugares de operación y control de accesos.

La propuesta establece, sin embargo, que deberá demostrarse mediante elementos objetivos cuál fue la función desarrollada por la persona, la relevancia de su aporte a la estructura y el conocimiento de la finalidad criminal de la organización.

También incorpora una precisión destinada a delimitar el alcance del delito: tener una relación familiar, afectiva, laboral, comercial o vecinal con un integrante de una organización criminal no será suficiente, por sí solo, para determinar que una persona pertenece funcionalmente al grupo.

Bienes bajo extinción de dominio podrían utilizarse temporalmente

El paquete de observaciones alcanza además a la Ley Orgánica de Extinción de Dominio.

El Ministerio propone que determinados bienes sometidos a medidas cautelares puedan ser asignados temporalmente a instituciones públicas o, mediante convenios, a organizaciones privadas sin fines de lucro.

La medida podría aplicarse cuando sea necesario evitar el deterioro, abandono, pérdida de valor o desuso de los bienes, así como cuando estos puedan destinarse provisionalmente a una finalidad pública o social.

La asignación tendría carácter excepcional, temporal, individual y revocable. Por tanto, no representaría una transferencia de propiedad ni concedería derechos definitivos sobre el bien.

Las instituciones beneficiarias tendrían la obligación de garantizar su conservación y eventual restitución, además de respetar los derechos que correspondan a terceros de buena fe.

Proyecto avanza hacia su segundo debate

Las propuestas forman parte del proceso de análisis que mantiene la Comisión de Soberanía y Seguridad Integral antes de elaborar el informe para segundo debate del proyecto de Ley Antimafias.

La discusión legislativa se concentra ahora en determinar cuáles de estas modificaciones serán incorporadas al texto definitivo que llegará al Pleno de la Asamblea Nacional.

De ser acogidas, las reformas ampliarían el marco penal y administrativo utilizado por Ecuador para enfrentar al narcotráfico y a los grupos de delincuencia organizada, especialmente frente a fenómenos como las drogas sintéticas, el desvío de precursores químicos, los laboratorios clandestinos y las redes de apoyo que sostienen las operaciones de las estructuras criminales.

El desafío para la Asamblea será definir mecanismos que permitan fortalecer la capacidad de respuesta del Estado frente a estas nuevas modalidades delictivas, manteniendo al mismo tiempo reglas claras, proporcionalidad en las sanciones y garantías para evitar que las nuevas figuras penales alcancen conductas que no constituyan una participación efectiva en organizaciones criminales.