
El Consejo de la Judicatura resolvió separar de sus cargos a Ivonne Núñez y Francisco Morales por una sentencia que derivó en un pago de USD 500.000 a una empresa privada. En otra resolución, destituyó a tres magistrados que revocaron medidas de prisión preventiva en el caso Goleada, investigación por presunto lavado de activos que involucra al alcalde de Guayaquil, Aquiles Alvarez.
El Consejo de la Judicatura (CJ) adoptó decisiones disciplinarias contra cinco jueces ecuatorianos por actuaciones calificadas como error inexcusable en dos procesos judiciales de relevancia nacional. Las resoluciones involucran a magistrados que intervinieron en una controversia relacionada con Correos del Ecuador y a integrantes del tribunal que conoció una apelación de medidas cautelares dentro del denominado caso Goleada.
Las destituciones fueron aprobadas por unanimidad, tras el análisis de los respectivos expedientes disciplinarios y de las actuaciones jurisdiccionales que motivaron los procedimientos.
Los casos, aunque corresponden a materias judiciales distintas, tienen como elemento común la determinación de faltas disciplinarias graves vinculadas con el ejercicio de la función jurisdiccional.
Exministra Ivonne Núñez y juez Francisco Morales, destituidos por fallo contra Correos del Ecuador
El Consejo de la Judicatura resolvió destituir a Ivonne Núñez y Francisco Morales, quienes integraban la Sala Especializada de lo Laboral de la Corte Provincial del Guayas, por su actuación en una causa que terminó con una orden de pago de aproximadamente USD 500.000 a favor de una empresa de transporte.
La controversia se originó cuando los magistrados aceptaron una acción de protección presentada contra Correos del Ecuador, a pesar de que el conflicto correspondía, según la posterior revisión constitucional, a una materia que debía ser resuelta mediante la jurisdicción contencioso-administrativa.
La Corte Constitucional determinó que los jueces utilizaron indebidamente una garantía jurisdiccional para resolver una controversia que debía tramitarse por otra vía judicial.
En su análisis, el organismo constitucional estableció que esta actuación vulneró el principio de seguridad jurídica y desnaturalizó la finalidad de la acción de protección, mecanismo diseñado para garantizar derechos constitucionales.
La Corte dejó sin efecto la sentencia cuestionada y emitió una declaratoria jurisdiccional de error inexcusable, que posteriormente sirvió de fundamento para el procedimiento disciplinario desarrollado por la Judicatura.
Una sentencia que derivó en un pago de medio millón de dólares
Uno de los aspectos más relevantes del caso es la consecuencia económica de la resolución judicial cuestionada.
La aceptación de la acción de protección derivó en un pago de USD 500.000 a favor de una compañía privada, en el marco de una controversia con Correos del Ecuador.
Para la Corte Constitucional, el problema fundamental radicó en la utilización de una garantía constitucional para resolver una disputa de naturaleza contractual, sin que correspondiera desplazar los mecanismos previstos en la justicia ordinaria.
La acción de protección permite solicitar tutela frente a determinadas vulneraciones de derechos constitucionales, pero no está destinada a sustituir automáticamente las vías judiciales ordinarias existentes para resolver conflictos contractuales o administrativos.
La distinción resulta fundamental para preservar la seguridad jurídica y evitar que los procedimientos constitucionales sean empleados fuera de su finalidad.
Antes de la resolución definitiva, Núñez y Morales permanecían suspendidos mientras avanzaba el sumario disciplinario.
Ivonne Núñez también es conocida por su trayectoria en el Ejecutivo. Se desempeñó como ministra del Trabajo durante el Gobierno del presidente Daniel Noboa, desde noviembre de 2023 hasta noviembre de 2025.
Caso Goleada: tres jueces destituidos por revocar prisión preventiva
En otra decisión adoptada este martes 27 de octubre, el Pleno del Consejo de la Judicatura aprobó la destitución de los magistrados Silvana Lorena Velasco Velasco, Byron Uzcátegui Arregui y Wiler Chóez Avilés.
Los tres integraron el Tribunal de Apelación que resolvió un recurso relacionado con las medidas de prisión preventiva dictadas contra varios procesados dentro del caso Goleada.
La investigación, dirigida por la Fiscalía General del Estado, involucra al alcalde de Guayaquil, Aquiles Alvarez, a sus hermanos Antonio y Xavier Alvarez y a otras personas investigadas por presunto lavado de activos.
El origen de la controversia disciplinaria se remonta al 2 de abril de 2026, cuando el tribunal resolvió revocar la prisión preventiva de varios procesados.
Según el Consejo de la Judicatura, los magistrados incurrieron en error inexcusable al exceder el ámbito del análisis que correspondía realizar durante la apelación.
El organismo sostuvo que los jueces debían concentrarse en verificar la legalidad y necesidad de la prisión preventiva, de acuerdo con los parámetros aplicables al recurso presentado.
La decisión disciplinaria no constituye una sentencia sobre la culpabilidad o inocencia de las personas investigadas en el caso Goleada.
Cinco votos a favor de la destitución
La resolución contra los tres magistrados fue adoptada por unanimidad durante una sesión del Pleno presidida por Mercedes Caicedo.
Los cinco integrantes del organismo respaldaron la separación definitiva de los funcionarios judiciales.
La votación contó con el apoyo de Alfredo Cuadros, Fabián Fabara, Damián Larco, Magaly Ruiz y la presidenta Mercedes Caicedo.
Durante su intervención, la vocal Magaly Ruiz precisó que su decisión se fundamentaba exclusivamente en un análisis técnico y jurídico del expediente disciplinario.
Los magistrados ya habían sido objeto de una suspensión preventiva de 90 días sin remuneración, dispuesta el 27 de julio de 2026, mientras se desarrollaba el procedimiento correspondiente.
Con la nueva resolución, la medida provisional dio paso a la sanción de destitución.
¿Qué se investiga en el caso Goleada?
El caso Goleada es una investigación de la Fiscalía General del Estado relacionada con presuntas operaciones de comercialización irregular de combustibles y posibles mecanismos de lavado de activos.
Según la hipótesis fiscal, los investigados habrían adquirido importantes volúmenes de diésel subsidiado por el Estado ecuatoriano, destinado a embarcaciones de bandera nacional, para posteriormente desviarlo hacia embarcaciones internacionales.
La Fiscalía sostiene que los presuntos beneficios económicos obtenidos mediante estas operaciones habrían sido canalizados a través de estructuras empresariales, incluidas compañías constituidas en Panamá.
Las autoridades investigan posibles mecanismos destinados a simular obligaciones financieras, registrar gastos y ocultar ingresos para introducir recursos de presunto origen ilícito al sistema financiero.
Dentro de este proceso fueron vinculados Aquiles Alvarez, sus hermanos Antonio y Xavier Alvarez, así como otros investigados, entre ellos César Bravo y Fernando Peñaherrera.
Pese a la decisión del tribunal de apelación de revocar la prisión preventiva en el caso Goleada, el alcalde de Guayaquil permaneció privado de libertad debido a otras medidas judiciales vigentes en su contra, entre ellas las relacionadas con el caso Triple A.
Las acusaciones formuladas por la Fiscalía deberán ser examinadas en las etapas procesales correspondientes, respetando el derecho a la defensa y la presunción de inocencia de los investigados.
¿Qué significa el error inexcusable y cuándo puede provocar una destitución?
El error inexcusable constituye una infracción disciplinaria gravísima contemplada en el Código Orgánico de la Función Judicial.
Su aplicación requiere una declaratoria jurisdiccional previa y un procedimiento disciplinario en el que se garantice el derecho a la defensa.
No toda interpretación jurídica equivocada constituye error inexcusable. Esta figura se relaciona con actuaciones judiciales que presentan equivocaciones graves e injustificables, de acuerdo con los criterios establecidos por el ordenamiento jurídico.
En los casos conocidos este martes, la Judicatura consideró que existían fundamentos suficientes para aplicar la destitución, aunque las conductas sancionadas correspondían a circunstancias diferentes.
En el proceso relacionado con Correos del Ecuador, el cuestionamiento se centró en la utilización de una acción de protección para resolver una controversia contractual.
En el caso Goleada, la sanción respondió al alcance de la revisión efectuada por los magistrados sobre las medidas de prisión preventiva.
Las destituciones reabren el debate sobre la independencia judicial
Las cinco destituciones vuelven a colocar en la discusión pública los mecanismos de control disciplinario de la Función Judicial y la necesidad de garantizar decisiones debidamente fundamentadas.
El Consejo de la Judicatura tiene la responsabilidad de investigar y sancionar las infracciones disciplinarias previstas en la legislación. Sin embargo, el ejercicio de estas atribuciones debe desarrollarse respetando la independencia de los jueces y evitando que las diferencias de interpretación jurídica se conviertan, por sí solas, en motivos de sanción.
En el caso Goleada, las decisiones disciplinarias también han generado cuestionamientos de sectores de la defensa y organizaciones vinculadas con la independencia judicial, que han expresado preocupaciones sobre posibles interferencias en el ejercicio de la función jurisdiccional.
Estas posiciones forman parte del debate sobre los límites entre el control disciplinario y la autonomía de los magistrados.
Con la destitución de cinco jueces en una misma jornada, el Consejo de la Judicatura ratifica la aplicación de sanciones por error inexcusable en dos procesos de alto interés público. Las resoluciones dejan planteado un desafío institucional: garantizar la responsabilidad de los operadores de justicia sin comprometer la independencia judicial, el debido proceso y la seguridad jurídica.
